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La Justicia resolvió que es necesaria una ley para privatizar el Banco Nación

La decisión fue tomada por el Juzgado Federal N° 2 de La Plata, a cargo del juez Ramos Padilla quien argumentó que el mega DNU no autoriza a modificar la situación jurídica de la entidad.



El Juzgado Federal N° 2 de La Plata, a cargo del juez federal subrogante Alejo Ramos Padilla, resolvió que las normas actualmente vigentes no permiten la privatización del Banco de la Nación Argentina y que para hacerlo es necesario que lo disponga el Congreso mediante una ley formal.

La decisión se da en el marco de una acción promovida por trabajadores de la entidad en representación de todo el colectivo del BNA que también buscaba la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 13, 48, 51 del Decreto Nº 70/2023 y del artículo 24 de la Ley N° 26.122.

El magistrado resolvió, por un lado, declarar abstracta la causa promovida por trabajadores del Banco de la Nación Argentina que pretendía la declaración de nulidad e inconstitucionalidad de la Resolución Privativa del Directorio del BNA N° 348 dado que aquella agotó sus efectos.

Por otra parte, declaró que “el DNU 70/23 y la resolución 348 del B.N.A. no autorizan a modificar la situación jurídica de la entidad bancaria, que solo puede llevarse adelante mediante una ley formal dictada por el Congreso de la Nación y promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional”.

En la resolución judicial, se tuvo en cuenta la sanción de la Ley 27.742 (Ley de Bases), que en su proyecto original declaraba al Banco Nación como empresa sujeta a privatización, pero que luego se eliminó. En ese sentido, el juez sostuvo que “se evidencia entonces la voluntad del Congreso Nacional y de ambas Cámaras, al sancionar la ley de excluir al Banco de la Nación Argentina como entidad sujeta a privatización, producto de un debate generado en el ámbito político adecuado con intervención de múltiples actores y que excede la revisión judicial”.

Cabe señalar que según nuestro texto constitucional, la creación del Banco de la Nación Argentina le compete al Congreso Nacional y que, por lo tanto, también es éste el único poder que tiene la facultad de revocar dicho carácter.