El Foro de Periodismo Argentino advirtió que la nueva reglamentación establece limitaciones que sólo podría fijar la ley y que oscurecen la gestión pública.
El Foro de Periodismo Argentino (Fopea) rechazó los cambios que Javier Milei introdujo en la reglamentación de la ley de Acceso a la Información Pública y advirtió que implican “un grave retroceso democrático”, ya que al limitar los datos que deben ser proporcionados “desalienta la participación ciudadana en los asuntos del Estado y oscurece la gestión pública”.
Fopea dio a conocer un comunicado en el que sostuvo que el decreto 780/2024 “contiene restricciones al derecho de acceso a la información pública que lesionan su efectiva vigencia”. Advirtió que establece “límites a la interpretación de los asuntos de interés público” no previstos por la ley; entre ellos, “el alcance del concepto de ‘información pública”, porque excluye a la información que hace al ámbito privado del funcionario o magistrado, especialmente cuando la solicitud pretende ingresar “a una esfera típicamente doméstica”. Fopea también cuestionó la limitación del término “documento” previsto en la ley, “al señalar que ‘las deliberaciones preparatorias y papeles de trabajo, o el examen preliminar de un asunto, no serán considerados documentos de carácter público”.
Además, el foro de periodistas alertó sobre el artículo referido a la “buena fe” que amenaza con la imposición de indemnizaciones.
Fopea señaló que -tal como lo establece la ley- debe presumirse como regla que toda la información que existe en poder de órganos públicos puede y debe ser divulgada. “Ponemos de manifiesto hoy, tal cual lo hicimos en 2016 cuando la ley se sancionó, que son los ciudadanos los dueños de la información pública y no el Estado, por lo que el permitir su conocimiento no es una concesión discrecional de los gobiernos sino un imperativo normado”, afirmó.
Subrayó que limitaciones como las que prevé el decreto atacan “todos los principios de transparencia activa” y citó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que alertó que “en una sociedad democrática los funcionarios públicos están más expuestos al escrutinio y a la crítica del público y esa diferencia se explica porque se han expuesto voluntariamente a un escrutinio más exigente”. El tribunal internacional afirmó que las actividades de los funcionarios “salen del dominio de la esfera privada para insertarse en la esfera del debate público” y explicó que “este umbral no se asienta en la calidad del sujeto, sino en el interés público de las actividades que realiza”.
El registro de solicitantes
Fopea también sostuvo que le preocupa especialmente “el artículo que pretende confeccionar un registro dirigido a identificar al solicitante, el contenido de la solicitud y la respuesta brindada ‘con el fin de agilizar y facilitar la respuesta de nuevas solicitudes cuyo contenido coincida con el de otras evacuadas previamente”.
El foro de periodistas recordó que la Organización de la Naciones Unidas advirtió que no es concebible un Estado en el que existan “secretos” o informaciones privilegiadas porque esto significaría que se actúa en función de algún “interés particular” desnaturalizando la propia concepción de la democracia.
“Ninguna modificación administrativa puede significar un retroceso en la garantía del derecho, tal como se pretende con este decreto publicado hoy en el que incluso se habla de ‘abuso en el ejercicio’ de petición por parte de los solicitantes”, sostiene el comunicado.
Fopea destacó que el acceso a la información es un “instrumento clave” para el ejercicio de otros derechos, tales como los económicos, sociales y culturales.
Manifestaron que se trata de un derecho que “no puede ser restringido mediante un decreto del Poder Ejecutivo, sino únicamente por una ley dictada por el Congreso, de conformidad con los estándares internacionales que rigen la materia”.