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Sancionaron la ley de la nueva movilidad jubilatoria

El Senado sancionó hoy, por 61 votos a favor, 8 en contra y 0 abstenciones la ley que establece una recomposición del 8,1% en los haberes jubilatorios y que además contempla la fórmula de movilidad por inflación y dispone un aumento del 50% adicional en marzo de cada año por el índice de variación salarial.



La ley finalmente se sancionó con los votos positivos de los bloques de Unión por la Patria, UCR, Pro, Cambio Federal, Unidad Federal, los dos santacruceños del Frente Por Santa Cruz y la senadora rionegrina del bloque JSRN. En contra, además de los siete senadores libertarios, votó la cordobesa Carmen Álvarez Rivero (Pro).

Se trata del proyecto que casi toda la oposición aprobó en Diputados en junio pasado, por dos tercios del voto de los presentes. Esa misma mayoría de votos fue la que logró la norma en la sesión de este jueves en la Cámara alta.

La ley aprobada establece una fórmula de movilidad para la actualización de los haberes previsionales que contempla el índice de inflación como referencia y suma que en marzo de cada año también se aplicará un aumento del 50% por variación salarial (RIPTE).

A su vez, establece una garantía para el haber mínimo en 1,09% lo equivalente al valor de la Canasta Básica Total, que en julio fue -según el INDEC- de $291.472.

La recomposición del 8,1% tiene como objetivo complementar el 12,5% de incremento adicional otorgado en abril por el DNU del Gobierno, de modo de alcanzar a compensar lo que fue la inflación más alta del año, la de enero, con 20,6%.

Por otro lado, en la norma se instruye a la ANSeS a cancelar con los recursos tributarios estipulados por ley con asignación específica a la seguridad social, la totalidad de las deudas que mantiene con las provincias cuyos sistemas previsionales no fueron transferidos al Estado nacional, como así también con los beneficiarios del SIPA que cuentan con sentencia firme dentro de un plazo de seis meses, prorrogable por seis más.