Ante la inminente llegada del verano y para que los repelentes de insectos, principalmente para los mosquitos, sean de más fácil acceso a toda la población, la ANMAT estableció "criterios extraordinarios y temporales" hasta el 31 de marzo del 2025.
Hasta el plazo indicado, las empresas que deseen inscribir nuevos repelentes de uso externo en humanos quedan exceptuadas de la presentación del informe correspondiente al ensayo de eficacia de los mismos, mientras tanto se verifiquen algunos requisitos establecidos por el organismo.
A su vez, la medida de flexibilización alcanzará también a los productos repelentes ambientales de mosquitos, como tabletas, líquidos termoevaporables y espirales, que contengan principios activos piretroides, a ser importados o elaborados por establecimientos debidamente habilitados.
En este caso la presentación del ensayo de eficacia podrá exceptuarse, mediando una nota en carácter de declaración jurada donde el director técnico y apoderado legal de la empresa se comprometen a realizarlo hasta el 31 de marzo de 2025 tal como lo establece la medida.