La resolución de la causa fue a través de un juicio abreviado acordado por el fiscal Walter Alanís, el imputado y su defensa técnica. En este marco, la Cámara Unipersonal determinó sentenciar al acusado a 1 año y 2 meses de prisión condicional por el delito "Hurto Simple en Flagrancia".
El hecho se produjo cuando el imputado, aprovechando el descuido de la víctima, tomó el teléfono celular y se marchó apresuradamente del lugar; luego la víctima se dio cuenta de que no tenía su dispositivo móvil y dio aviso de la situación, posteriormente detuvieron al imputado cerca del lugar del hecho, portando el celular de la víctima.
Cabe señalar que en el hecho delictivo se cometió en modalidad de Flagrancia, es decir, cuando el sujeto es sorprendido mientras está delinquiendo o inmediatamente luego; en estos casos, el o la representante del Ministerio Público Fiscal interviene desde el inicio de la causa hasta su resolución.
En la audiencia de juicio, el juez Alberto Miguel Granado, a cargo del Tribunal Unipersonal de la Cámara en lo Criminal y Correccional de la Segunda Circunscripción Judicial de Chilecito, resolvió hacer lugar al pedido del fiscal Alanis y resolvió la pena de 1 año y 2 meses de prisión condicional.
En este marco, se acordaron las condiciones y normas de conductas que el sentenciado deberá cumplir durante el período de 1 año y 2 meses, como fijar domicilio y abstenerse de cometer nuevos delitos, entre otras. Si se respetan dichas condiciones, el sujeto deberá cumplir la pena de manera efectiva en el Servicio Penitenciario Provincial.
La obediencia de dichas condiciones, será controlada por el MPF de Chilecito, durante el período ya establecido.