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Derecho de familia: Los gastos extraordinarios y el inicio del ciclo lectivo

La doctora Celeste Maidana, habló sobre los gastos extraordinarios ante la llegada del ciclo lectivo, el pago de la cuota alimentaria, y otras necesidades que requieren los menores, la división de consumos de los progenitores.



Maidana en diálogo con Medios El Independiente comenzó explicando sobre la responsabilidad de los padres ante la presencia de menores, “no solo pasa ahora con el inicio de las clases sino también al finalizar. Viajes de egresados, colonias, gastos de útiles escolares, uniformes, esos siempre se hacen al principio y final del año, incluso en el medio, y esos son los denominados gastos extraordinarios. Es importante aclarar que esos gastos no son parte de la cuota alimentaria que pasa todos los meses un progenitor al otro, sino que es extraordinario, necesario, imprevisto”.

A su vez precisó sobre el método para manejarse con este gasto extraordinario, “puede haber un común acuerdo entre los progenitores que lo hacen a través de algo determinado por la Justicia, Ministerio Público, que cada progenitor se hará cargo en un 50 por ciento. Eso es cuando hay acuerdo, pero en la realidad de los hechos no es común que estén de acuerdo, y por lo tanto se le pide a la Justicia que a partir de tickets, constancias, transferencias que uno presenta a la Justicia se determine cuánto es el monto de los gastos y dividir en un 50 por ciento en cada progenitor”.

La abogada en la entrevista explicó que en su estudio hay casos “de padres que tienen el cuidado personal de niños, por lo tanto son ellos los que perciben la cuota alimentaria de una progenitora no conviviente”.

Sobre la situación de trabajo informal en progenitores, la letrada manifestó “hay mucha informalidad, y por lo tanto se puede probar a través de testigos o cualquier otro medio de prueba, la Justicia lo está aceptando, y también existe la posibilidad de reclamarle a otro pariente la cuota alimentaria que le correspondería a los niños. Se busca proteger la integridad del menor. Y los alimentos no son algo que se puedan olvidar, los niños comen, se visten, van a la escuela todos los días, y necesitan solventar esos gastos”.

Por último, Maidana aclaró que la cuota alimentaria de acuerdo a la ley se extiende hasta los 21 años, excepto que el hijo este capacitándose para una carrera u oficio se extiende hasta los 25 años.