
La fecha de conmemoración surgió en el año 1944, con un hecho que representó un gran avance para la época; el campo celebra el Día del Trabajador Rural.
En el Día del Trabajador Rural, se rinde homenaje al esfuerzo y la dedicación de quienes, con su labor incansable, sostienen la producción y el desarrollo de la nación. Este 8 de octubre es una oportunidad para destacar la importancia del trabajo en el campo, que constituye la base de la economía y el sustento de miles de familias en todo el país.
Los trabajadores rurales han sido protagonistas fundamentales en la historia argentina, y su labor, a menudo invisibilizada, resulta esencial para asegurar que los productos lleguen a los hogares de todos los argentinos. Este día es un reconocimiento a su sacrificio, su entrega cotidiana y su compromiso con el progreso de la nación, incluso en condiciones frecuentemente adversas. Un 8 de octubre de 1944 se sancionó el primer estatuto del Peón de Campo (decreto 28.169). Esto representó un gran avance para la época ya que el documento establecía medidas en defensa del salario del peón y su estabilidad laboral.
Entre ellas, se hacía referencia al pago en moneda nacional, salarios mínimos y descansos obligatorios. El documento se sancionó durante el gobierno del General Edelmiro Farrell, cuyo Secretario de Trabajo era Juan Domingo Perón. El estatuto quedó marcado como el primer antecedente legal respecto de la actividad de las y los peones rurales, ya que exigía normas en defensa del salario, el pago en moneda nacional, descansos obligatorios, alojamiento en mínimas condiciones de higiene, alimentación, provisión de ropa de trabajo, asistencia médico-farmacéutica y vacaciones pagas.
El impulsor de esta reglamentación, Juan Domingo Perón, se desempeñaba en ese entonces como secretario de Trabajo del gobierno de facto del general Edelmiro Farrell, y da la casualidad, que el mismo día de la sanción del Estatuto, cumplía años. La ley se mantuvo vigente hasta 1980, cuando fue derogada por la última dictadura, mientras que en 2004 se reinstauró y actualizó. En el año 2011, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner elevó al Congreso un nuevo Estatuto del Peón Rural, mediante la Ley 26.727, reduciendo la edad jubilatoria y los años de aportes obligatorios, e incorporó una licencia por paternidad de 30 días.
La normativa anterior establecía solo los términos de descansos, no fijando una extensión de la jornada laboral. La Ley 26.727, por el contario, establece dichos límites (consagrados en nuestra Constitución Nacional) para todo el personal comprendido en el presente régimen.
La jornada no podrá exceder las 8 horas diarias ni las 44 horas semanales desde el día lunes hasta el sábado a las 13 horas. La distribución de las horas de trabajo diarias y su diagramación serán facultad privativa del empleador, debiendo respetar las correspondientes pausas para la alimentación y descanso de los trabajadores, según la naturaleza de la explotación, los usos y costumbres locales; sin perjuicio de lo que pueda establecer al respecto la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA). La distribución semanal desigual de las horas de trabajo no podrá importar el establecimiento de una jornada ordinaria diurna superior a 9 horas.
El número máximo de horas extraordinarias queda establecido en 30 horas mensuales y 200 horas anuales, sin necesidad de autorización administrativa previa y sin perjuicio del debido respeto de las previsiones normativas relativas a jornada, pausas y descansos.
Paradojas de la historia: el decreto que regulaba este Estatuto se promulgó un 17 de octubre de 1944, justo un año antes de la movilización obrera que desencadenó el “Día de la Lealtad Justicialista”, y se publicó en el Boletín Oficial un día después. Sin embargo, su aniversario se celebra todos los 8 de octubre, día del cumpleaños de su principal impulsor, Juan Domingo Perón.