Diario El Independiente || Edición Digital
Skip to main content

La Justicia condenó a un sujeto a un año de prisión por el hurto de una moto

En Sala Unipersonal de la Cámara Tercera Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, secretaría "A" a cargo de la Dra. Karina Cabral, condenó a Marcelo Maximiliano Díaz "alias Rusty" como autor penalmente responsable del delito de hurto calificado por sustracción de vehículo estacionado en la vía publica en flagrancia y condenarlo a la pena de un año de cumplimiento efectivo.



El hecho que se le imputa al acusado ocurrió el día sábado 17 de noviembre 2.023 a horas 18:30 aproximadamente, en circunstancias en que el acusado, se apodera de una motocicleta marca Gilera Smash, 110cc, propiedad del denunciante, quien la dejo en su vereda con la llave de arranque puesta frente a su domicilio ubicado en el barrio Urbano 3 de la ciudad de La Rioja.

Por lo que el acusado es sorprendido por un ciudadano quien al llegar lo observa sobre el rodado, preguntándole que hacía en la motocicleta de su hermana, le responde que se la había prestado, por lo que constata con la damnificada, a lo que ella le responde que no se la prestó a nadie, y al salir a verificar observan que el acusado ya iba circulando en la motocicleta por Av. Santa Rosa, por lo que salen en su persecución y en la avenida dan aviso a personal policial.

En persecución el acusado ingresa a un inmueble y al ingresar el uniformado, el acusado se pone agresivo dándose a la fuga a pie donde es demorado en la vereda. Posteriormente se hace el traslado en calidad de detenido a dependencia de la Alcaidía Policial.

Por su parte, la Magistrada declaró al condenado como reincidente por segunda vez, de conformidad a lo previsto en el artículo 50 del Código Penal.Así también, se ordenó que el Juzgado de Ejecución disponga en un establecimiento público un examen, tendiente a verificar adicciones alcohólicas o de estupefacientes, y en su caso, imponerle un tratamiento de rehabilitación.

Finalmente, se ordenó que emitan los oficios que fueran necesarios para el cumplimiento de la sentencia, a la Directora del Servicio Penitenciario Provincial, a la Jueza de Ejecución Penal, a la Unidad Fiscal de Asistencia a la Víctima y al Registro Nacional de Reincidencia.