
La causa que conmocionó a la ciudad por la aparición de cámaras ocultas en departamentos alquilados a las jóvenes estudiantes entra en horas decisivas. Este jueves, la jueza de Violencia de Género, Gisella Flamini, realizará nuevas actuaciones para determinar si el propietario del complejo, José Aguilar, tiene responsabilidad penal. La investigación se desarrolla bajo el marco de la Ley Olimpia, que incorpora la violencia digital como una modalidad de violencia de género.
La investigación por las cámaras ocultas instaladas en un complejo de departamentos de calle Carlos Gardel 9050 se encamina hacia una etapa clave. Fuentes judiciales confirmaron que este jueves la jueza de Violencia de Género, Gisella Flamini, avanzará con una serie de medidas decisivas para definir el tipo penal y establecer si al propietario del lugar, José Aguilar, le corresponde algún grado de responsabilidad en la causa.
El caso tomó relevancia pública semanas atrás, cuando una joven estudiante —identificada como A.— descubrió una cámara camuflada en el ventiluz de su habitación. La tarjeta de memoria contenía miles de videos en los que se la veía durmiendo, cambiándose y realizando actividades diarias sin su consentimiento. Tras alertar a las demás inquilinas, se hallaron otros dispositivos: una segunda cámara con alrededor de 4.700 registros y un tercer departamento donde se detectó cableado y cinta, lo que indicaría que un aparato habría sido retirado poco antes del descubrimiento.
Todo el material se encuentra en manos de la Fiscalía, que continúa realizando pericias para determinar la finalidad de las grabaciones y los posibles delitos involucrados. Aunque Aguilar quedó señalado en la denuncia, desde el Ministerio Público remarcan que la figura penal dependerá del análisis técnico sobre los dispositivos, el contenido registrado y la posible cadena de responsabilidades. La aplicación de la Ley Olimpia —incorporada en 2023 a la Ley 26.485— fue confirmada por fuentes judiciales. La normativa reconoce la violencia digital como una forma específica de violencia de género ejercida a través de tecnologías, dispositivos o plataformas. “La obtención de imágenes íntimas sin consentimiento, la vigilancia mediante cámaras y cualquier acceso indebido a datos digitales encuadra dentro de la Ley Olimpia”, señalaron desde la Fiscalía.
Esta adecuación permite un abordaje con perspectiva de género en entornos tecnológicos y habilita medidas de protección urgentes. De hecho, ya se dictaron resguardos para las jóvenes afectadas mientras avanza la investigación y se profundiza el análisis informático del material secuestrado.
La Ley Olimpia protege particularmente situaciones como la obtención o difusión no consentida de imágenes, la vigilancia digital encubierta, el seguimiento mediante dispositivos y la manipulación de contenido personal. En este caso, la fiscalía deberá determinar si las grabaciones estaban destinadas a guardarse, reproducirse, transmitirse o editarse, cada una con posibles encuadres penales distintos.
La jueza Flamini evaluará este jueves nuevas diligencias para orientar el futuro de la causa, considerada inédita en la provincia por su magnitud y por el volumen de material recolectado.
Las actuaciones podrían definir si la investigación avanza hacia imputaciones formales y cuál será el encuadre legal que finalmente se aplicará en un caso que ya abrió un debate sobre la violencia digital, la intimidad y la seguridad de las mujeres en espacios de vivienda privada.