
El ENACOM aprobó cambios en el régimen postal que contempla eliminación de trámites de habilitación para personas jurídicas y ahora cualquier persona puede realizar mensajería sin registrar vehículos.
El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) aprobó una actualización integral del régimen postal mediante la Resolución 935/2025, en línea con las modificaciones introducidas por el Decreto 1005/2024.
A partir de ahora, quienes deseen operar en el mercado postal solo deberán informar su actividad mediante una declaración jurada a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD). Ya no se exige documentación sobre vehículos, instalaciones o personal, lo que elimina completamente los trámites de habilitación y convierte la inscripción en un proceso gratuito y accesible.
“La Resolución deja en claro que no existe más un proceso de habilitación y solo basta con que cualquier persona jurídica informe que va a desempeñar la actividad de correo. Ya no se exige documentación sobre instalaciones, vehículos y personal; se caen todos los trámites de habilitación: el negocio pasa a ser libre y la inscripción gratuita”, destacó el Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
Además, ahora las personas humanas también pueden realizar mensajería urbana sin registrar un vehículo, ampliando el universo de prestadores posibles.
La nueva normativa también habilita el uso de telegramas y carta documentos digitales con validación de identidad remota, abriendo la puerta a nuevas soluciones innovadoras.
El ENACOM, por su parte, exigirá un reporte estadístico anual de los operadores y publicará mensualmente el listado actualizado de prestadores. También se reconocen automáticamente los trámites iniciados antes de la norma, siempre que completen su inscripción en 30 días.