La Primera Circunscripción Judicial a cargo de la jueza Paola María Petrillo de Torcivia, resolvió mediante sentencia, el pedido de una menor a través de la Defensoría Oficial, para quitar de su nombre el apellido paterno.
En la presentación surge el relato de la madre de la menor, a través de la Defensora Oficial de Niños, Niñas, Adolescentes e Incapaces, donde cuenta que la relación de la niña con su padre es totalmente nula, esta ausencia es tanto emocionalmente, físicamente y hasta material. Estos sucesos de hecho, motivaron la decisión de la joven, y manifestar el deseo de llevar solamente el apellido materno.
La magistrada tomó en cuenta el relato de la madre, ordenando el trabajo de la psicóloga del Equipo Técnico Interdisciplinario y la intervención del Ministerio Publico Fiscal para elevar un informe sobre los antecedentes de la progenitora.
El padre recibió personalmente la cedula de notificación, pero nunca contestó. En el día de la audiencia la magistrada junto al representante del Ministerio Público de la Defensa, tuvieron una entrevista previa con la menor, donde manifestó los hechos en coincidencia con el informe elaborado por la psicóloga. Por lo que, la joven le reiteró el deseo a las autoridades judiciales de suprimir el apellido paterno y llevar en su documento de identidad el apellido de su mamá.
Ante ello, se resolvió aceptar el pedido de la joven, que ahora llevará solamente el apellido de su mamá ordenando la inscripción en el Registro Civil.
Por último, se recomendó a la madre, iniciar un tratamiento psicoterapéutico para la menor y así elevar un informe en base a la relación que lleva su hija con su padre; ya que dicha situación le habría generado una problemática que le aqueja con relación a la figura paterna.