
El fiscal de Cámara Rafael Diego López, durante la instancia de alegatos, solicitó la pena de 15 años de prisión de cumplimiento efectivo por considerar que a lo largo del juicio quedó plenamente demostrada tanto la autoría del imputado como la gravedad del delito, que culminó con el embarazo no deseado de la víctima menor de edad.
El hecho investigado ocurrió en una vivienda de la capital riojana, cuando el acusado, quien era parte de la familia que convivía con la víctima, ingresó a la habitación de su hermana menor y la sometió sexualmente por la fuerza a pesar de su resistencia. Posteriormente, el agresor la amenazó de muerte para evitar que revelara lo sucedido, dejando como consecuencia un embarazo no deseado, producto de ese hecho delictivo.
Para sustentar el pedido de 15 años de prisión de cumplimiento efectivo, el fiscal de Cámara se valió de contundentes e incuestionables pruebas recolectadas durante la investigación. La pista más clara y definitiva fue el embarazo de la víctima y el estudio genético de ADN alta precisión, que confirmó que el imputado es el padre biológico del bebé.
Dicho examen médico, no solo descartó a cualquier otra persona, sino que le dio la razón al testimonio que la menor había dado ante los profesionales, mediante Cámara Gesell.
En este marco, el fiscal de Cámara López señaló que la “agravante del vínculo quedó formalmente acreditada a través de las actas de nacimiento reunidas por la instrucción. Estos documentos oficiales demostraron legalmente la relación de consanguinidad directa entre el agresor y la víctima”.
De esta manera, el representante del MPF, que estuvo acompañado por los ayudantes fiscales Analuz Zalazar y Orlando Fuentes de La Vega, durante todo el proceso, aseguró:»nos encontramos ante un hecho de extrema gravedad donde no solo se vulneró la integridad sexual de una menor, sino que el acusado se valió de la confianza familiar, la asimetría de poder y la vulnerabilidad de la víctima dentro de su propio hogar, por lo cual, solicito la pena de 15 años de prisión efectiva para el acusado».
Además, la Fiscalía pidió que la sentencia se dicte con perspectiva de niñez y género, encuadrando el caso bajo las leyes nacionales de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (Ley 26.061) y de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Ley 26.485).