
La Justicia rechazó el pedido de Julio de Vido para cumplir su condena por la Tragedia de Once con arresto domiciliario.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4 de la Ciudad de Buenos Aires rechazó el pedido de arresto domiciliario presentado por la defensa de Julio De Vido, ex ministro de Planificación Federal durante el gobierno de Cristina Kirchner. Por el momento, continuará cumpliendo su condena en el Complejo Penitenciario Federal 1 de Ezeiza.
La resolución, firmada el 18 de noviembre de 2025 por los jueces Ricardo Ángel Basilico, Fernando Canero y Néstor Guillermo Costabel, se fundamentó en la ausencia de elementos médicos que justifiquen una medida excepcional y en la vigencia de controles y atenciones sanitarias adecuadas dentro del ámbito penitenciario.
Todavía falta la evaluación del Cuerpo Médico Forense que podría dar marcha atrás con la medida.
La defensa de De Vido, a cargo de los abogados Maximiliano A. Rusconi y H. Gabriel Palmeiro, había solicitado la implementación inmediata y provisoria del arresto domiciliario, argumentando razones humanitarias vinculadas a la edad avanzada del condenado y a sus patologías crónicas.
Por su parte, el Ministerio Público Fiscal, en un dictamen presentado el 17 de noviembre, se opuso al planteo. El fiscal recordó que ya había sostenido en un dictamen previo que los argumentos de la defensa no encuadraban en ninguna de las causales de suspensión o modificación de la ejecución previstas en el artículo 495 del Código Procesal Penal de la Nación, que regula los supuestos en los que puede suspenderse o modificarse la ejecución de una condena.