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Prepagas deben informar y publicar los valores de sus planes

Las empresas de medicina prepaga deberán publicar en la página oficial los valores de sus planes dentro de los cinco días posteriores a la publicación del índice de inflación.



A partir de la implementación de la Resolución 645/2025, las empresas de medicina prepaga deben publicar mensualmente los valores de sus planes en una nueva página web.

Esta medida, impulsada en conjunto por la cartera sanitaria nacional con la Superintendencia de Servicios de Salud, apunta a garantizar una mayor transparencia y facilitar el acceso a la información para todos los beneficiarios.

Según lo establecido en la normativa, las empresas de medicina prepaga tienen la obligación de informar los precios de sus planes dentro de los cinco días posteriores a la publicación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y cargarlos en una nueva plataforma. Esta herramienta, fundamental para la consulta de los usuarios, ya se encuentra disponible en el sitio web de la Superintendencia de Servicios de Salud.

La información publicada incluye los precios diferenciados por tipo de plan, franja etaria y región geográfica del país. Esto permite a los usuarios realizar una comparación precisa entre las distintas coberturas y prestadores, brindándoles la posibilidad de evaluar alternativas y así tomar decisiones informadas sobre el cuidado de su salud.