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La Justicia suspendió el proceso contra una madre en caso de impedimento de contacto

El Juzgado de Instrucción en Violencia de Género y Protección Integral de Menores Nro. 2 a cargo de la Dra Gisela Flamini resolvió el sobreseimiento de María Fabiana P. C., acusada de impedir el contacto entre su hijo y el padre no conviviente. La jueza a cargo argumentó que, a pesar del conflicto entre las partes, el régimen de visitas está vigente y cumpliéndose, concluyendo que la conducta de la madre no encuadra en los términos de la Ley 24.270.



El hecho que se le imputaba comenzó tras la denuncia presentada por por el progenitor, quien alegaba que la madre impedía el contacto con su hijo. Durante el proceso se incorporaron documentos y un informe socio-ambiental que revelaron que, aunque la relación entre los progenitores es tensa, el régimen de visitas se mantiene sin interrupciones significativas.

Según la jueza, la situación no amerita una intervención penal, señalando que casos como este, de naturaleza familiar, a menudo llegan al ámbito penal con la expectativa de resolver conflictos de origen civil. La sobrecarga de causas de esta índole en el sistema penal, conocida como “sobrecarga endémica,” fue también destacada como un problema que afecta la justicia en casos de naturaleza familiar.

La magistrada indicó que el delito de impedimento de contacto, tipificado en el artículo 1 de la Ley 24.270, exige una intención clara de obstruir el vínculo entre padre e hijo, lo que no se evidencia en este caso. En consecuencia, el juzgado dictó el sobreseimiento de la denunciada, alegando la inexistencia de delito y destacando que el proceso no afecta su buen nombre y honor.

Finalmente, se ordenó que se informara el sobreseimiento al registro de Reincidencia y al Departamento de Ciencias y Técnica. Asimismo, se fijaron los honorarios de los defensores, por sus servicios durante el proceso.