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Distinguir en la Constitución, la libertad de pensamiento, de expresión y de prensa

La convencional por Capital, Mariana Nievas abordó la polémica sobre libertad de expresión y reforma constitucional. La intención -aseguró- no es restringir sino “proteger la libertad de expresión, la honra, la imagen, voz, intimidad, patrimonio y todo” lo que se expone en el mundo digital porque “no es la Prensa, única responsable por lo que se difunde, sino que lo somos todos” interactuando con aplicaciones, empresas, servicios o el propio Estado que “nos obligan a cargar información en nubes o plataformas que desconocemos”.



El artículo 13° de la Constitución de La Rioja incluye el derecho individual y colectivo de emisión de pensamiento; el 29° Habeas Data defiende el secreto de las fuentes periodísticas y el 32 de Libertad de Prensa establece que el poder público no puede impedir la libre expresión y circulación del pensamiento o la información. ¿A qué apunta la reforma con la inclusión del concepto libertad de expresión?

-Hoy con el acceso a la conectividad con el fin de reducir asimetrías, estamos abriendo las puertas al fenómeno de la libertad de pensamiento, libertad de expresión y a la actividad profesional que se ha desarrollado en su ámbito que es la libertad de prensa. Esta reforma se propone distinguir una de otras, para ello se sugieren las ideas del maestro Bidart Campos en relación a la reforma nacional de 1994, desarrolladas por el doctor Ricardo Mercado Luna por el año 2003, en un contexto distinto al actual, donde sus ideas parecían muy revolucionarias; sin embargo hoy, que todos tenemos acceso a expresarnos libremente en una red social, las reglas de juego no deben tender a restringir sino a proteger y no solo la libertad de expresión sino la honra, la imagen, la voz, la intimidad, el patrimonio y todo lo que vemos expuesto en el mundo digital a través de interactuar con aplicaciones o con empresas o servicios e incluso el propio Estado que nos obliga a cargar información en nubes o plataformas que desconocemos y deben ser protegidas tanto como nosotros mismos. En ningún momento se propuso limitar el ejercicio de este derecho, sino responsabilizar ulteriormente por el ejercicio de este derecho inalienable a expresar el pensamiento y a desarrollar el pensamiento libremente; fenómenos que, con la interferencia de la inteligencia artificial y la manipulación de la información, encuentran nuevos sectores de vulnerabilidad y merecen especial cuidado. Estas ideas no son arbitrarias, surgen de años de trabajo de organismos internacionales de derechos humanos, de juristas internacionales y locales, y de los propios fallos de nuestra Corte Suprema de Justicia de la Nación en toda su labor.

La propuesta de introducir modificaciones a la libertad de expresión ha concitado la crítica de medios de prensa, periodistas y asociaciones periodísticas. ¿Cuáles son los fundamentos para esta diferenciación entre libertad de pensamiento, de expresión y de prensa?

-Debemos tener presente el modo en que está legislada la libertad de expresión en nuestra Constitución Nacional, que lo es como fenómeno fundante de la libertad de prensa como única forma de difundirse en aquel entonces, hoy todo ha cambiado, podemos distinguir tres fenómenos: libertad de pensamiento, libertad de expresión y libertad de prensa; y no es la Prensa el único responsable por lo que se difunde, sino que lo somos todos. Todos reproducimos información con alcances interjurisdiccionales, llegando en algunos casos a desinformar replicando noticias falsas. Estos fenómenos han sido legislados en otros Estados como el Código de Buenas Prácticas contra la desinformación  de 2018,  y  el del año 2022 como Código de Buenas Prácticas reforzado sobre desinformación  de la Unión Europea que han incorporado los conceptos: “Desmonetización: reducción de los incentivos financieros para los proveedores de desinformación; Transparencia de la publicidad política; Garantizar la integridad de los servicios:(…) reducir el comportamiento manipulador utilizado para difundir la desinformación (por ejemplo, cuentas falsas, amplificación impulsada por bots, suplantación de identidad, falsificaciones profundas maliciosas), y establece una mayor cooperación entre los signatarios para luchar contra los desafíos relacionados con tales técnicas.

Toda legislación parece ineficaz, incluso las acciones de las propias corporaciones dueñas de plataformas digitales por controlar mensajes de odio, infodemia, noticias falsas, bullyng, abusos y tantos otros riesgos del avance tecnológico dada la extrema complejidad del tema. ¿A dónde hay que apuntar para enfrentar estos nuevos fenómenos?

-Empoderar a los usuarios, esa es la tarea. Los usuarios estarán mejor protegidos de la desinformación a través de herramientas mejoradas para reconocer, comprender y señalar la desinformación, para acceder a fuentes autorizadas a través de iniciativas de alfabetización mediática. Empoderar a los investigadores. Empoderar a la comunidad de verificación de hechos. Por ejemplo, en el nuevo Código de la Unión Europea que mencioné, se ampliará la cobertura del control de datos en todos los Estados miembros y lenguas de la UE y garantizará que las plataformas hagan un uso más coherente de la verificación de datos en sus servicios. Además, el Código trabaja para garantizar contribuciones financieras justas para el trabajo de los verificadores de datos y un mejor acceso a los verificadores de datos a la información que facilita su trabajo diario; Centro de transparencia y grupo de trabajo; Fortalecimiento del marco de supervisión. Se puede advertir que estamos proponiendo debatir temas ya instalados en otros Estados, siendo nuestra tarea restringida al marco de las facultades delegadas por la Constitución Nacional, por la ley de reforma 10.609, y por todo el bloque de constitucionalidad vigente, no pretendemos violar el marco de nuestra competencia ni legislar de modo inconstitucional o de algún modo violatorio del marco del bloque de constitucionalidad vigente, la lógica, los derechos humanos y la particular identidad provincial que pretendemos defender, todo en el marco republicano de la publicidad de los actos de gobierno y mediante una actividad abierta a la participación mediante los proyectos que se aporten para que previo trámite de ley sean debatidos y finalmente se decida el sentido en que se reformará o no la norma.

Una nueva Constitución para La Rioja surgió en 1986 con la recuperación de la democracia y ha pasado por enmienda en 1987 y las reformas de los años 1998, 2002 y 2008. Esta nueva reforma ha despertado suspicacias de la oposición y parte de los ciudadanos por el temor de introducir modificaciones no previstas ¿Cuáles son los principios que van a guiar a los convencionales del justicialismo?

-No hay intenciones escondidas sino el objetivo de  presentar un modelo constitucional basado en los derechos humanos, en la protección de los recursos para garantizar la subsistencia de las generaciones futuras con desarrollo sostenible y sustentable, con especial atención en la necesidad de garantizar la accesibilidad al agua, a las necesidades mínimas de subsistencia a través de una renta básica universal, a la conectividad, a la protección de las personas en condiciones de vulnerabilidad por los motivos que sean para asegurarles el acceso a la justicia, a la información pública, al desarrollo de su educación pública gratuita y en todos sus niveles, a la salud, a la formación continua de los miembros de las tres funciones en derechos humanos, asegurando no solo la periodicidad sino la alternancia en las funciones con lo cual concretamos la democracia pluralista, participativa e inclusiva por encima de los vaivenes de la política y hasta la próxima reforma constitucional.

Presidenta de la comisión Redactora

Mariana Nievas fue elegida presidenta de la Comisión Redactora para la reforma de la Constitución; integrante de las comisiones de Funciones del Estado provincial; de la de Peticiones, Poderes y Reglamentos y miembro informante del bloque Unión por la Patria en la primera sesión de la Convención Constituyente del pasado 14 de setiembre para reformar la Constitución Provincial. Es abogada, 25 años de experiencia en asesorar a particulares y empresas en asuntos de Derecho Civil, Comercial y de Minas, con estudio propio en esta ciudad y, desde 2018, avocada a cuestiones de violencia de género civil, con perspectiva de género en ámbitos judiciales, civiles, laborales y administrativos; especializada en resolución de conflictos extrajudiciales para disminuir la litigiosidad.