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ARCA recategoriza de oficio a monotributistas: La explicación del tributarista Litvin

El organismo notificó a contribuyentes sobre el cambio de categoría tras analizar los movimientos en billeteras virtuales.



La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lleva adelante el habitual proceso semestral de recategorización de oficio de monotributistas basado en el cruce de datos de los movimientos en billeteras virtuales.

La acción del ente es notificada a los contribuyentes mediante el domicilio fiscal electrónico al detallar que “producto de los controles sistémicos que efectúa el organismo, a partir de la información obrante en nuestros registros, hemos detectado que la categoría que reviste actualmente resulta inexacta, por lo que se procederá a recategotizarlo de oficio”.

El monitoreo que realiza ARCA estudia las diferentes operaciones en cuentas digitales y las contrasta con la facturación declarada. En caso de detectar ingresos por encima del límite permitido en la categoría vigente, se activa la recategorización automática.

El punto conflictivo con los contribuyentes radica en que diferentes testimonios aseguran que la fiscalización sistémica no distingue entre ingresos por actividad económica y otras transacciones personales, por lo que las quejas se multiplican.

Desde el Gobierno, mediante la Oficina de Respuesta Oficial, salieron a negar que el procedimiento de ARCA utilice transferencias personales para recategorizar indicando que “lo que se informa y se analiza son operaciones comerciales cobradas con tarjeta de crédito, débito o QR, tal como figura explícitamente en las notificaciones enviadas” y remarcaron que “se miran cobros, no transferencias”.

En declaraciones a la Agencia Noticias Argentinas, el tributarista César Litvin, expresó que “la recategorización de oficio está prevista en la normativa vigente cuando hay diferencias entre lo declarado por el contribuyente y los datos que tiene ARCA”.

Al respecto, precisó que “en principio se toma como una inconsistencia sujeta a que el contribuyente pueda demostrar en un descargo que parte de los ingresos en las cuentas o billeteras no se relacionan con ganancias gravadas”, poniendo como ejemplo: las transferencias entre cuentas del mismo titular, acreditaciones que no se relacionan con la actividad, préstamos, etcétera.

En este contexto, el CEO del estudio Lisicki, Litvin & Abelovich recordó que “cualquier ingreso en cuenta presume ganancia, con lo cual el contribuyente debe ser muy cuidadoso y prolijo en el uso de las cuentas cuando no provengan de su actividad”.

Al referirse a la forma de impedir que la modificación de categoría quede fija si se considera un error explicó que “la recategorización se evita con un descargo donde se pruebe que parte de los fondos acreditados en las cuentas no se vinculan con montos gravados”.

El organismo establece que el contribuyente tiene 15 días hábiles desde la recepción de la notificación sobre la recategorización para presentar un descargo en disconformidad con el cambio determinado.

En este punto, aclara que “de no interponer recurso en término, resultará recategorizado automáticamente en la categoría asignada de oficio, a partir del periodo 02/2026 no pudiendo efectuar modificaciones respecto a la nueva categoría asignada, hasta el próximo periodo”.

El trámite debe realizarse en la web de ARCA con clave fiscal por medio del servicio “Presentaciones Digitales”, trámite “Recategorización de oficio del Monotributo - Apelación en término”, adjuntando la documentación respaldatoria sobre la disconformidad planteada.

Al analizar el difícil panorama que enfrentan los monotributistas con la recategorización y la exclusión del régimen de Inocencia Fiscal, Litvin le manifestó a la Agencia Noticias Argentinas que “parecería que la idea es que haya menos contribuyentes en el Monotributo”.