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Cielos abiertos: modifican procedimiento de información de vuelos

Con la modificación, las aerolíneas nacionales ya no deberán acreditar la obtención de factibilidad horaria o slots antes de informar sus servicios programados.



La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) dispuso, mediante la Resolución 567/2025 publicada en el Boletín Oficial, la derogación de la normativa que obligaba a las aerolíneas a obtener autorizaciones previas para operar vuelos en la Argentina. En su lugar, se aprobó un nuevo Procedimiento de Información de Operación de Vuelos Regulares, No Regulares y Especiales.

Con la modificación, las aerolíneas nacionales ya no deberán acreditar la obtención de factibilidad horaria o slots antes de informar sus servicios programados. En adelante, los operadores sólo deberán informar a la autoridad competente sobre sus vuelos, que luego serán sometidos a fiscalización, lo que implica, según el Gobierno nacional, un esquema de mayor autonomía y menos burocracia para las compañías.

La medida elimina la Resolución ANAC 180/2019 y se enmarca en el proceso de desregulación y modernización del sector aéreo impulsado por el Gobierno Nacional, que busca garantizar libre acceso al mercado, mayor competencia y eficiencia operativa. Según el nuevo procedimiento, la información deberá presentarse ante la ANAC, que conservará su rol de control y supervisión, pero sin imponer trabas administrativas innecesarias.

Para el Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger dicha normativa “sigue redondeando el proceso de desregulación aerocomercial en nuestro país, cuyos beneficios ya son visibles”.

Además, resaltó de la resolución que: “genera una innovación revolucionaria para el tránsito doméstico: ya no se requerirá autorización previa para volar entre destinos locales (solo se informa vía correo electrónico a la ANAC). Para los vuelos internacionales también se envía un correo electrónico y si no hay respuesta en 5 días, el vuelo queda habilitado”.