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La Justicia ordenó suspender la venta de medicamentos fuera de las farmacias

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal suspendió la venta de analgésicos y antiácidos en lugares que no sean farmacias. Los jueces consideran que el expendio de medicamentos es una actividad inescindible del ejercicio de la profesión farmacéutica.



La Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal suspendió 10 artículos del DNU 70/2023 referidos a la desregulación del sector y que afectaban la actividad farmacéutica y la venta de medicamentos.

El fallo judicial se da en respuesta a una medida cautelar presentada por la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica de la República Argentina (FEFARA).

La resolución judicial deja sin efecto la venta de dos tipos de medicamentos, analgésicos y antiácidos, fuera de las farmacias, algo que el DNU había habilitado. De este modo, dichos medicamentos solo podrán comercializarse en farmacias habilitadas bajo la supervisión de profesionales farmacéuticos.

“El expendio de medicamentos, por sus especiales características, es una actividad inescindible del ejercicio de la profesión farmacéutica”, consideraron los magistrados en el fallo.

“Las modificaciones que fueron introducidas por el decreto de necesidad y urgencia relativamente a la reglamentación del expendio de medicamentos, la regulación del ejercicio de la profesión de farmacéutico, las condiciones de funcionamiento de los locales y el poder de policía en materia de salubridad revelan por un lado, un desapego del potencial riesgo sanitario de la habilitación y venta de medicamentos fuera de las farmacias y, por otro lado, una desatención del rol trascendental que desempeña la figura del farmacéutico en el sistema”, señalaron al respecto.