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Juez Lijo ordenó a la RAE suprimir una acepción de la palabra "judío"

El juez argentino Ariel Lijo ordenó a la Real Academia Española (RAE) que suprima en su Diccionario de la lengua española la definición de la palabra "judío" como persona "avariciosa o usurera".



De acuerdo con el fallo, dictado ante una presentación judicial de organizaciones de la comunidad judía en Argentina, la quinta acepción del término configura “un discurso de odio que incita a la discriminación por motivos religiosos” y ofende a la dignidad humana.

El expediente judicial se inició a fines de agosto pasado, tras una denuncia penal de la Fundación Congreso Judío Mundial y la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) contra Santiago Muñoz Machado, director de la RAE, y contra toda persona responsable de la institución, a quienes acusaron de incitar al odio contra la comunidad judía.

“Estimo que se encuentran reunidas las condiciones para sostener que la quinta acepción de la palabra ‘judío, a’ —aun con la nota de uso como ofensivo o discriminatorio— contiene en la base de su significado un discurso de odio. Pues atribuye características peyorativas al integrante de un colectivo por el solo hecho de ser tal. También considero que no se trata de un discurso de odio con efectos abstractos, sino que produce efectos concretos sobre una cantidad indefinida, pero importante de personas”, consideró el juez Ariel Lijo en su fallo judicial.

En este sentido, el magistrado considera que “la mera existencia de esta acepción —en los términos en los que hoy se encuentra publicada— tiene capacidad para condicionar la conducta de quienes comparten la lengua y de incitar a la violencia en cualquiera de sus distintas formas”.

Junto a esto, consideró que “los compromisos asumidos por la República Argentina y la convicción que debe guiar a todo magistrado acerca de la protección de los derechos humanos conducen a que se disponga la interrupción de la masiva y perniciosa difusión de una imagen estereotipada del pueblo judío, que incita a la discriminación por motivos religiosos”.

En virtud de esto, el juez libró un exhorto internacional dirigido a España para ordenar a la RAE la supresión de la quinta acepción de “judío/a”. Mientras se lleva a cabo esa medida, dispuso, a nivel local, que el Ente Nacional de Comunicaciones argentino debe bloquear del sitio web del Diccionario de la lengua española el enlace a la definición de la palabra “judío, a”.