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Las reformas "subsanarán obstáculos que no han facilitado la autonomía municipal"

Las reformas constitucionales incluyen una base distributiva de los recursos federales, convenciones antes del 2027 para aprobar la Carta Orgánica Municipal y una ley para regular la distribución según cada municipio. Históricamente, La Rioja reconoció la autonomía municipal, aseguró la convencional Silvia Carrizo, pero estos cambios "subsanarán obstáculos que hoy no facilitan la autonomía institucional, política, administrativa, económica y financiera".



Silvia Andrea Carrizo es representante en la Convención Constituyente del departamento San Blas de Los Sauces por la alianza Unión por la Patria (UxP) y ejerció como secretaria de la Comisión de Función Municipal y Federalismo que abordó las reformas introducidas al régimen municipal. Entre ellas, la más importante, es la distribución de la coparticipación, la elaboración de las Cartas Orgánicas Municipales y la autonomía.

En diálogo con Medios El Independiente, Carrizo habló sobre la autonomía y los antecedentes históricos teniendo en cuenta que “desde los albores del constitucionalismo provincial, con la constitución de 1855, encontramos referencias a la administración municipal como organizaciones territoriales del gobierno provincial”, pero recién con la reforma  de 1986 se “establece a los municipios como una función del Estado con autonomía institucional, política y administrativa más la facultad de dictar sus cartas orgánicas y organizar el gobierno en departamentos ejecutivo y deliberativo”.

“Doce años después, -agregó- en la reforma de 1998 se refuerza la autonomía municipal incorporando el aspecto financiero y la coparticipación municipal. Pero, el fortalecimiento de las autonomías no se cristalizó en atención a disposiciones transitorias que desconocieron el mandato constitucional estableciendo la derogación de las cartas orgánicas y la necesidad de acuerdos políticos de todos los municipios y el gobierno provincial para efectivizar el llamado a convención municipal. Actualmente, seguimos cada uno de los municipios regulados institucionalmente por la ley transitoria N°6.843 que configura la clara afectación de la autonomía institucional”.

La convencional sauceña rescató como antecedente jurisdiccional a favor de la autonomía, el fallo de la Corte Suprema de la Nación, en el 2014, ante el amparo presentado por el entonces intendente del municipio Capital y actual gobernador Ricardo Quintela con respecto a la Coparticipación. Entonces, la Corte se expresó por la obligación del gobierno provincial de respetar los mandatos constitucionales proveyendo recursos financieros a sus municipios so pena de estar incursos en incumplimiento de la Constitución nacional que estableció, en 1994, las obligaciones de las provincias para asegurar la autonomía municipal al punto de constituir la falta de cumplimiento, causal de intervención”.  Ante ese fallo, se sancionó en 2016, la ley N°9.782, “actualmente vigente sobre la Coparticipación municipal”.

“Hoy, agregó Carrizo, como Convención Constituyente tenemos la oportunidad histórica de reivindicación de la autonomía municipal, subsanando aquellos obstáculos que hasta ahora no facilitan el pleno ejercicio de la autonomía institucional, política, administrativa, económica y financiera”.

Se pretende hacer realidad la autonomía “con la consagración constitucional de la coparticipación primaria básica, la mención de los Estados Municipales, la especificidad de las causales de intervención (estrictamente excepcionales) y las consideraciones de las cartas orgánicas mencionando el carácter facultativo y no obligatorio”.