La Cámara Primera en lo Civil, Comercial, de Minas, Criminal y Correccional, de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de Chilecito, en juicio abreviado a cargo de la Dra. Karina Gómez resolvió condenar a un joven, acusado de un robo de materiales de construcción.
El hecho que se le imputa ocurrió el día 13 de enero de 2024 a horas 22:00 aproximadamente, cuando el acusado de 19 años de edad, contrató un servicio de fletes, para trasladar bloques de hormigón hasta una localidad cercana.
El acusado en pleno conocimiento que no le pertenecía el material de construcción, le solicita al conductor del coche de fletes llamar un ayudante para proceder a la cargar en el camión, aproximadamente 400 bloques de hormigón, propiedad de otra persona.
El dueño del material, los encontró en el instante de la carga y les consulto que quien le había ordenado el traslado de los blocks, pero el imputado no tuvo respuesta alguna. Esto hizo que la víctima solicite personal policial, los cuales ordenaron volver al lugar correspondiente el material, pero procedieron a devolverlo rompiendo una parte mientras quedaban esparcidos, incluso en la vía pública, a raíz de esto, quedaron demorados.
La Cámara recibe la prueba recolectada por el Ministerio Publico Fiscal, tomando el hecho con la tipificación legal de robo simple, donde el acusado se apodero ilegítimamente de los blocks.
La Magistrada ordenó que la condena sea registrada en el Registro Nacional de Reincidencia (RENAPER) teniendo en cuenta que el condenado, carece de antecedentes penales, siendo la primera condena en cursar. En juicio, el condenado se ha mostrado arrepentido y expresando su intención de ser útil en la sociedad con ánimos de subsanar el delito que ha causado.
La Cámara resolvió condenar a una pena condicional ordenando que el condenado cumpla reglas de conductas como, por ejemplo, confirmar su domicilio de residencia, deberá estar a disposición ante cualquier notificación judicial, comunicar si hace cambio de domicilio, no cometer nuevos hechos delictivos y firmar planilla de asistencia una vez cada 30 días en las oficinas del Ministerio Publico Fiscal.