El Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, en Sala Unipersonal a cargo de la Dra. Karina Cabral, absolvió a Américo Orlando Ruiz del delito de usurpación, ordenando que las partes acudan por la vía civil competente a los fines de esclarecer el derecho real sobre el inmueble en litigio.
El hecho que se le imputó a Américo Ruiz, ocurrió el 13 de noviembre del 2017, cuando ingresó en el inmueble ubicado sobre avenida Las Palmeras de la ciudad de La Rioja, cuya posesión ejercía el señor Ceballos desde el año 1982, colocando postes a los fines de alambrar un sector del mismo, atravesando completamente el terreno de aquel. Por lo que el denunciante consideró que la conducta desplegada por Américo Orlando Ruiz resultaba configurada como el delito de usurpación según lo prescripto por el Código Penal, en tanto, con el propósito de apoderarse de una porción del terreno cuya propiedad y posesión ejercía Ceballos, por lo que el denunciado habría ingresado clandestinamente al inmueble colocando postes para un alambrado ocupando parte del terreno en cuestión.
El objeto de este juicio fue dilucidar si el acusado invadió una porción de terreno cuya posesión ejercía otra persona diferente a él. En esta causa no se trataba de dirimir o dilucidar cuestiones referidas a la propiedad de esos inmuebles, ni derechos de dominio de esos inmuebles, solo si Ruiz invadió con ánimo de despojarlo una porción del inmueble cuya posesión ejercía otra persona.