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Perpetua para el principal acusado de violar y asesinar a la adolescente Lucía Pérez

Farías (perpetua) y Offidani (15 años, cómplice) estaban acusados por el delito de "abuso sexual con acceso carnal agravado". Habían sido condenados a ocho años de prisión por los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale, del TOC 1, pero solo por la venta de drogas en la puerta de la escuela, y fueron absueltos del resto de los cargos.



Un hombre fue condenado este jueves a prisión perpetua como autor del femicidio de Lucía Pérez, la adolescente abusada sexualmente y asesinada en 2016 en la ciudad bonaerense de Mar del Plata, mientras que a un segundo acusado le impusieron 15 años de cárcel, pero como “partícipe secundario”.
 
Las condenas impuestas por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 marplatense recayeron sobre Matías Farías (29) y Juan Pablo Offidani (48), respectivamente; a quienes se les fijó una pena única ya que habían sido sentenciados en el primer juicio, en 2018, por tenencia de drogas.
 
En una lectura que se transmitió por el canal de Youtube de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, los jueces Gustavo Fissore, Alexis Simaz y Roberto Falcone consideraron a Farías “autor” de los delitos de "abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida, por el suministro de estupefacientes y en el marco de un contexto de violencia de género, en concurso ideal con femicidio".
 
Esta calificación fue resuelta por mayoría, mientras que en el caso de Offidani fue unánime la condena a ocho años como “partícipe secundario” de esos mismos hechos, aunque se le unificó en 15 años por la condena previa.
 
 
La condena previa
 
En 2018, ambos habían recibido una condena a ocho años de prisión por “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y en inmediaciones de un establecimiento educativo".
 
Los acusados no estuvieron presentes en la audiencia de esta tarde y la siguieron de manera remota desde sus lugares de detención, tal como ocurrió en el resto del proceso oral: Farías desde la Unidad Penal de Florencio Varela, y Offidani, desde la Unidad Penal de Batán.
 
De acuerdo con la instrucción de la causa, Lucía había conocido a ambos acusados un día antes de su muerte, cuando se acercaron a la Escuela Media 3 local a venderle un cigarrillo de marihuana.
 
Según se acreditó, en la tarde del 8 de octubre de 2016 la menor fue llevada a una sala de salud de la zona sur de la ciudad, a donde llegó sin vida, luego de pasar la mañana en la casa de Farías, en Racedo al 4800, en el barrio Alfar.
 
Peritos que declararon en el juicio señalaron que la principal hipótesis sobre la causa de su muerte apunta a una falla cardíaca vinculada al consumo de cocaína, y señalaron que, si bien no era posible descartarlo, no se hallaron signos de un abuso sexual.
 
Durante el primer juicio por el caso, en noviembre de 2018, Farías y Offidani fueron condenados a ocho años de prisión por los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale, del TOC 1, pero solo por la venta de drogas en la puerta de la escuela, y fueron absueltos del resto de los cargos.
 
En agosto de 2020, la Sala IV del Tribunal de Casación bonaerense revocó esas absoluciones, dispuso la "nulidad" del juicio y ordenó la realización de uno nuevo, resolución que fue confirmada un año más tarde por la Corte provincial.
 
 
 
Fuente: Télam