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16/12/21

La Justicia sentenció a un hombre por lesiones leves calificadas

Mediante un juicio abreviado, la Jueza Dra. Edith Elizabeth Agüero resolvió declarar autor penalmente culpable y responsable a Adrián A. S. del delito de “Lesiones Leves Doblemente Calificadas”, y condenarlo a la pena de un año de prisión de cumplimiento condicional.



Seguidamente, la Magistrada estableció como condiciones las reglas de conducta que debe cumplir el condenado por el término de dos años, conforme lo establecido en el artículo 28 del Código Penal (texto según Ley 26.939), entre las que se encuentran: no cometer nuevos delitos; someterse al Juez de Ejecución y a la asistencia del Patronato de Liberados; abstenerse de consumir estupefacientes y no abusar de bebidas alcohólicas; adoptar oficio, arte, industria o profesión, adecuado a sus capacidades; y completar la educación primaria y secundaria si no las tuviere; no acercarse a la víctima del hecho, a su domicilio o lugares frecuentes de la misma en un radio de 200 metros; realizar trabajos no remunerados en institución pública o comunitaria que le asigne el Juez de Ejecución, por el término de dos años, con la modalidad de cuatro horas semanales.

En tercer lugar, la Jueza dispuso otorgar la inmediata libertad del condenado, en virtud de la modalidad de la pena impuesta.

El hecho tuvo lugar el día 15 de enero de 2.021, alrededor de las 05:20, cuando el condenado se encontraba con su pareja en una fiesta realizada en un domicilio del barrio Yacampis. Allí inició una discusión por motivos de celos, en medio de la cual le lanzó una copa de vidrio en el rostro ocasionándole un corte en el mismo, luego la sujetó de la ropa y la lanzó a la pileta, provocándole una lesión en la mama izquierda, motivo por el cual la víctima tuvo que ser trasladada al nosocomio local.