
10/07/21
En la ciudad de Milagro, departamento General Ortiz Ocampo por disposición del Gobierno Municipal a través del Decreto N° 061/21 se promulgó adhesión al Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 455/21, más las normativas jurídicas locales de relevancia local, desde el 9 de julio al 6 de agosto inclusive.
De esa manera la circulación libre se habilita desde las 06 horas hasta las 01 sin necesidad de justificación.
Se prohíbe la circulación en la vía pública a personas que revisten la condición de caso confirmado de covid-19, casos sospechosos o contacto estrecho.
Se prohíben las reuniones sociales, familiares o de cualquier tipo, en domicilios privados sin excepciones de ninguna naturaleza.
Habilitación de actividades relacionadas a; educación, cultura y esparcimiento, casinos bingos, pubs y salones de fiestas, religiosas, de culto, o congregación. Gimnasios pueden llevarse a cabo en espacio cerrados con hasta el 30% de su capacidad permitida.
Actividades deportivas y o amateurs, clubes de deporte paddle y demás afines se permiten en espacios abiertos, pesca en Dique Anzulón sólo se habilitará para ciudadanos del departamento General Ocampo.