Así lo dispuso la Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) sobre dos productos que no estaban debidamente rotulados..
El organismo solicitó prohibir su venta hasta que no cumplan con la reglamentación correspondiente.
Este miércoles dos disposiciones sobre productos alimenticios salieron en el boletín oficial. Se trata de dos productos que la ANMAT prohíbe por no contar con la reglamentación correspondiente.
Uno de esos alimentos es el Queso Cremoso de la marca Santa Rita de Santa Fe, la cual el envase indica que es “Sin Tacc” y según la ANMAT no cumple con la legislación alimentaria vigente por ser un alimento falsificado.
Según el organismo carece de registro del producto alimenticio por no presentar el registro de alimento libre de gluten en el sistema de consulta pública, resultando ser “un producto falsificado y en consecuencia ilegal”.
Es por ese motivo que desde el organismo prohibieron su comercialización en todo el territorio nacional.
Por otro lado, el “Aceite de Oliva Premium” de la marca Finca Los Hermanos tampoco respeta los registros correspondientes.
Según el Instituto Nacional de Alimentos “la muestra analizada no cumple con las especificaciones del artículo 535 del Código Alimentario Argentino (CAA), en lo que respecta al perfil de ácidos grasos para aceite de oliva, alimento adulterado” y es por eso que también solicitó su prohibición en todo el territorio nacional.